El Ayuntamiento de Coria paga el suministro de luz y agua a las personas sin recursos

El Ayuntamiento de Coria continúa con su compromiso de atender a las personas más vulnerables y sin recursos, garantizándoles el pago del suministro de luz y agua.

El consistorio cauriense, a través de los Servicios Sociales de Base vuelve a poner en marcha las ayudas a los suministros energéticos básicos relativos a la vivienda habitual, garantizando la cobertura de dichos suministros en aquellos casos en que por falta o insuficiencia de recursos económicos no se pueda hacer frente al coste.

Dichas ayudas vienen recogidas en el Decreto 202/2016, de 14 de diciembre, de la Junta de Extremadura, el cual tiene por objeto regular las ayudas necesarias para garantizar a las familias más vulnerables los suministros de mínimos vitales, es decir los suministros de luz, agua y gas.



REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Ser mayor de edad, huérfanos absolutos o menores emancipados por concesión judicial.

Residir en algunos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al menos, 6 meses inmediatamente a la fecha de presentación de la solicitud.

Carecer de renta o ingresos insuficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia obtenidos en los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y se dividirá por tres, considerándose que existen rentas o ingresos insuficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 80% del importe mensual fijado en la Ley de presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a catorce pagas, incrementándose en un 8% por cada miembro de la unidad de convivencia.

– En aquella unidades de convivencia en las que haya algún miembro con discapacidad en grado igual o superior al 65% o tuvieran valorada la situación de Dependencia se incrementará un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia.

– En casos de préstamos hipotecario o de alquiler sobre la vivienda habitual de residencia del solicitante y de su unidad de convivencia, se deducirá un 25% sobre el total de ingresos disponibles en la unidad de convivencia, a fin de determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar.

GASTOS SUBVENCIONABLES



– Gastos de energía eléctrica y gas natural.

– Gastos de agua potable, excepto el alcantarillado y basura.

– Gastos de alta y reconexión, en caso de interrupción por impago del suministro/s.

– Gastos de gas butano.

La ayuda cubre la totalidad de los conceptos facturados y ello con independencia de su importe total y de la fecha de emisión de la factura, (siempre que ésta no haya sido abonada en su totalidad con anterioridad). Con los límites siguientes: hasta dos miembros (600 €), entre 3 y 4 miembros (700 €) y 5 miembros o más (800 €). El abono de las ayudas se realizará directamente a la entidad suministradora, con excepción del gas butano que se abonará al beneficiario previa presentación de la factura correspondiente.

Para más información pueden acudir a los Servicios Social de Base sito en Avenida Extremadura.

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