El Yogur ya no caduca: el consumidor tiene la decisión de comprar o no

La nueva legislación que aprueba la norma de calidad para el yogur se limita a enumerar los distintos tipos de yogur que pueden existir, su composición y etiquetado no entrando en la fecha de caducidad que se sustituye por la fecha de duración mínima del producto, por lo que deja en manos del Consumidor la última decisión.

Lo importante para el consumidor es fijarnos en la fecha de duración mínima, sabiendo que es aquella «hasta la cual el producto alimenticio mantiene sus propiedades específicas en condiciones de conservación adecuadas», fecha que deberá reflejarse en el etiquetado del producto mediante la leyenda «consumir preferentemente antes del…».

Nuestro problema es poder tener las armas suficientes para saber con seguridad que podemos comer el yogur, sabiendo que, los fabricantes de estos productos son los que determinarán cual es el tipo de fecha que consideran apropiada para el consumo de su producto, determinando el límite temporal que ellos consideran apropiado para el consumo de los yogures.

Nuestro consejo es que ante la duda compre siempre el yogur que tenga la fecha más actual.

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