La Oficina Municipal de Información al Consumidor

Tras las numerosas quejas y solicitudes recibidas de vecinos de nuestro entorno respecto a la obligación impuesta por las Entidades Financieras de que todos los menores de 14 años deben presentar el Documento Nacional de Identidad:

Según la normativa que regula el Documento Nacional de Identidad, sólo es obligatorio tenerlo a partir de los 14 años, pero entre las medidas aprobadas por el Gobierno se incluye la obligación de que desde el 1 de enero en las cuentas o depósitos a nombre de menores de edad se consigne su DNI, así como el de las personas que tengan su representación legal (normalmente, los padres).

Aun siendo información fiscal no bancaria, para orientarles les diremos que para los menores de 14 años que no quieran solicitar el DNI, la Agencia Tributaria les ofrece solicitar en Hacienda la asignación de un número de identificación fiscal, al que se conoce como NIF K porque lleva incorporada la K y nueve caracteres.

A fin de facilitar la obtención de este documento, evitando tener que obtener el Documento Nacional de Identidad, les comunicamos que desde esta Oficina procederemos a tramitarle esta solicitud evitando las molestias y gastos que generan la obtención del DNI.

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