El Ayuntamiento de Coria informa sobre la selección de diversos puestos para trabajadores desempleados en el marco del Plan Extraordinario para la contratación de personas paradas de larga duración en Extremadura, regulado por Decreto 90/2014, de 27 de mayo.

ANUNCIO
La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Coria, con fecha 21 de julio de 2014, ha dictado una Resolución con el siguiente contenido, lo que se hace público para general conocimiento:
En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en concordancia con los artículos 24 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, HE RESUELTO convocar procedimiento para la selección de trabajadores desempleados, regulado por el Decreto 90/2014, de 27 de mayo, destinado subvencionar la contratación de personas paradas de larga duración en Extremadura, que prestarán sus servicios en el Ayuntamiento de Coria.
PRIMERA.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la selección de diversos puestos para trabajadores desempleados en el marco del Plan Extraordinario para la contratación de personas paradas de larga duración en Extremadura, regulado por Decreto 90/2014, de 27 de mayo.
1 Oficial pintor.
1 Oficial cerrajero.
6 Oficiales de jardinería.
5 Oficiales de albañilería, 3 en Coria, 1 en Puebla de Argeme y 1 en Rincón del Obispo.
SEGUNDA.- Contrato.
Con las personas seleccionadas, se formalizará contrato laboral temporal de duración determinada, cuya duración se extenderá por un periodo de seis meses a contar desde la fecha de contratación.
TERCERA.- Requisitos.
Tener nacionalidad española o reunir los requisitos exigidos en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ser mayor de 16 años.
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.
No haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública mediante expediente disciplinario o sentencia firme.
Estar en posesión del Graduado Escolar o equivalente.
Conforme a lo dispuesto en el articulo 11 del Decreto 90/2014, de 27 de mayo, las personas desempleadas destinatarias del Programa previsto en el citado Decreto, deberán ser parados de larga duración, entendiendo como tales a quienes teniendo 25 años o más, estén inscritos como desempleados durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta de empleo, o, si son menores de 25 años, durante al menos 180 días en los últimos 12 meses.
CUARTA.- Procedimiento de selección.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del mencionado Decreto, se remitirá solicitud de trabajadores al Centro de Empleo del SEXPE de Coria, para cada una de las categorías convocadas, que efectuará una preselección de los demandantes inscritos que reúnan los requisitos y criterios específicos previstos en el citado Decreto y adecuación al puesto de trabajo ofertado.
Una vez recibido el resultado de la preselección efectuada, en atención a los criterios previstos en el artículo 13.2c del mismo, se procederá a la selección de los candidatos por parte del Ayuntamiento de Coria. A tal efecto, y en función de las estrategias de empleo que sigue este Ayuntamiento, el departamento de personal emitará un informe respecto al tiempo trabajado en este organismo de los aspirantes remitidos por el SEXPE, obteniendo una puntuación inversa al tiempo trabajado en esta empresa dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de presentación de cada oferta.
QUINTA.- Propuesta de contratación.
Terminada la calificación de los aspirantes por parte del Ayuntamiento y priorizando siempre el orden de la preselección del SEXPE en caso de empate, se hará una propuesta de contratación en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido la mayor puntuación.
Se publicará en la página web y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento una lista con la puntuación resultante.
Una vez realizada la selección, los aspirantes que no hubieran sido contratados, siempre que cumplan con todos los requisitos, quedarán en lista de espera, para futuras sustituciones de bajas.
SEXTA.- Incidencias.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación de la Comisión de Selección que se designe, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma previstos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Coria, 21 de julio de 2014
LA SECRETARIA GENERAL,
Alicia VÁZQUEZ MARTÍN
